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Air Canada retoma sus vuelos directos desde el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez hacia Toronto y Montreal

  • La aerolínea reinició sus operaciones el 26 de octubre, con dos frecuencias semanales por destino, sumando cuatro vuelos semanales hacia Canadá.

  • LAP destaca el retorno de estas conexiones directas, que amplían las alternativas de viaje entre Perú y Canadá.

Lima Airport Partners (LAP), operador del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, destaca el retorno de los vuelos directos de Air Canada hacia Toronto y Montreal, que reiniciaron operaciones el 26 de octubre. La aerolínea contará con dos frecuencias semanales por destino, sumando cuatro vuelos semanales que restablecen la conexión directa entre Lima y ambas ciudades canadienses.

La reanudación de estas rutas amplía las alternativas de viaje para los pasajeros que se trasladan por turismo, negocios o visitas familiares. Asimismo, permite acceder a otros destinos en Canadá, Estados Unidos, Europa y Asia, a través de la red internacional de Air Canada.

Como parte de sus planes para el mercado peruano, la aerolínea también anunció que la ruta Lima–Montreal operará durante todo el año a partir del verano de 2027, permitiendo mantener esta conexión directa más allá de la temporada habitual.

“El retorno de Air Canada refleja el atractivo y potencial de crecimiento del mercado peruano. En Lima Airport Partners celebramos esta apuesta, que amplía la conectividad internacional del país, ofrece más alternativas de viaje a los pasajeros y contribuye a fortalecer los lazos turísticos y comerciales entre Perú y Canadá”, destacó Jorge Villaseca, Gerente de Negocios de Aviación de Lima Airport Partners.

Los vuelos son operados con aeronaves Boeing 787-8 Dreamliner, con capacidad para 255 pasajeros, distribuidos en tres cabinas: Signature Class, Premium Economy y Economy.

LAP reafirma su compromiso de seguir impulsando una mayor conectividad, ampliando las opciones de viaje y fortaleciendo la experiencia de los pasajeros que utilizan el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.



De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del párrafo 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 1372 y en el párrafo 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, se comunica que LIMA AIRPORT PARTNERS S.R.L. ha realizado los mecanismos razonables para obtener la información del beneficiario final, considerando los criterios de propiedad y control previstos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1372 y en los párrafos 5.1 al 5.4 de su Reglamento y documentado estos, respectivamente. Sin embargo, no ha sido posible identificar al beneficiario final bajo los criterios señalados en el párrafo precedente por lo que hemos considerado como beneficiario final a las personas naturales que ocupan los puestos administrativos superiores.